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    Casupá:  MA  contrató  el  modelo  con  el  que  evaluará  el  proyecto  y  queda  en  posición  de  juez  y  parte

    Serrano EditorBy Serrano Editor7 agosto, 2026No hay comentarios4 Mins Read
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    Por Pablo Melgar

    La historia comenzó con un pedido de acceso a la información pública. Un vecino de Casupá solicitó a la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República (UDELAR) el expediente completo del convenio firmado con el Ministerio de Ambiente (MA) para la “Modelación del embalse sobre el Arroyo Casupá y su cuenca de aporte”, además de los informes técnicos, modelos de calidad de agua, correos electrónicos y registros de las reuniones mantenidas entre los equipos de la Universidad y los técnicos ministeriales.

    El expediente, identificado como 061100-000294-26, terminó revelando mucho más que un intercambio académico: expuso que el propio Ministerio está construyendo, financiando y conduciendo el desarrollo de la herramienta técnica que utilizará para evaluar ambientalmente el proyecto Casupá.

    El documento central del expediente es el convenio específico entre la Facultad de Ingeniería y el Ministerio de Ambiente. Allí se establece que OSE proyecta la construcción de una represa y un embalse para abastecimiento de agua potable sobre el arroyo Casupá y que el Ministerio solicitó al Instituto de Mecánica de los Fluidos e Ingeniería Ambiental (IMFIA) que lo apoye en el estudio de la futura calidad del agua del embalse. El objetivo del acuerdo es desarrollar modelos numéricos que permitan evaluar escenarios de manejo de la cuenca y del embalse “atendiendo a las necesidades y plazos del MA”.

    La cuestión adquiere otra dimensión cuando se observa cómo funcionó ese convenio. La respuesta oficial incorporada al expediente señala que ya fue completada la primera actividad específica del acuerdo y que se entregaron seis reportes técnicos elaborados por el IMFIA. 

    Pero el punto decisivo aparece unas líneas más adelante: el modelo desarrollado por la Facultad recibe como condiciones de ingreso los datos generados por el equipo técnico de la DINACEA (Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental) y “esta herramienta será utilizada por la DINACEA para la evaluación de alternativas y escenarios para la zona del embalse y la cuenca”.

    Además, se informa que las reuniones de trabajo entre ambos equipos se realizaron con frecuencia cuasi semanal y que la agenda de esas reuniones fue llevada adelante por la propia DINACEA.

    Es decir, el Ministerio no aparece como un organismo externo que recibe un estudio independiente para luego analizarlo. El MA diseñó el convenio, definió las necesidades, aportó parte de los insumos técnicos, condujo la agenda de trabajo y será el usuario directo del modelo resultante.

    La herramienta que servirá para valorar escenarios ambientales fue desarrollada en un proceso dirigido por el mismo organismo que debe pronunciarse sobre la viabilidad ambiental del proyecto.

    La paradoja institucional es evidente. La Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental (DINACEA), que integra el Ministerio de Ambiente, es precisamente el área encargada de los procesos de evaluación ambiental.

    Según el convenio, esa misma dirección participa en la construcción del modelo, alimenta sus datos y luego utilizará ese instrumento para evaluar alternativas vinculadas al embalse de Casupá. El Ministerio de Ambiente pasa así de regulador a coproductor de la evidencia técnica que sustentará su decisión.

    El expediente también muestra que el pedido de información fue considerado de tal volumen y complejidad que la Universidad resolvió prorrogar por veinte días hábiles el plazo legal para responder, debido a la cantidad de documentación involucrada.

    La propia Dirección General Jurídica de la Universidad recordó que la información ambiental está sujeta al principio de máxima publicidad y que el convenio, los informes y los intercambios entre los técnicos debían ser analizados dentro del régimen de acceso previsto por la Ley 18.381.

    Los defensores del proyecto podrán argumentar que es habitual que los organismos públicos contraten universidades para fortalecer sus capacidades técnicas y que ello no implica, por sí mismo, una irregularidad.

    Y es cierto: el expediente no demuestra una ilegalidad ni una decisión ambiental adoptada de antemano. Lo que sí demuestra es una superposición de roles. El Ministerio de Ambiente no solo deberá evaluar el proyecto Casupá; también participó activamente en la generación del modelo con el que evaluará parte de sus impactos.

    En otras palabras, la documentación obtenida mediante acceso a la información pública permite sostener que, en Casupá, el Ministerio de Ambiente queda colocado en una posición difícil de separar: es quien impulsa el análisis, quien orienta la producción del instrumento técnico y quien deberá juzgar el resultado de ese mismo proceso.

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