La Iglesia Católica uruguaya organizó un sistema de cartas destinadas al papa León XIV para que los feligreses hagan saber sus necesidades y aspiraciones. Al respecto, planteó un listado con 20 asuntos, uno de ellos, el número 16, es sobre privación de libertad.
En ese sentido, el ex subsecretario de Defensa Nacional, Rivera Elgue, redactó una misiva, que luego subió a sus redes sociales, en los siguientes términos:
“Santísimo Padre,
El motivo de esta humilde misiva es poner en conocimiento de Vuestra Santidad, la situación de los militares, policías y civiles que, en cumplimiento de su deber institucional enfrentaron a los diferentes agentes del comunismo internacional en el escenario uruguayo de la guerra fría.
El retorno de nuestra patria a la vida democrática se consolidó mediante la denominada ‘solución a la uruguaya’, un proceso de pacificación que incluyó una Ley de Amnistía, así como reparaciones económicas y sociales para los terroristas. Como contrapartida institucional se promulgó la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado para los agentes del Estado. Es imperativo mencionar que dicha ley fue votada por el Parlamento democrático, siendo ratificada en forma soberana y expresa por el pueblo uruguayo en dos ocasiones: referéndum de 1989 y plebiscito de 2009.
Sin embargo, la protección legal otorgada por esa norma fue desmantelada de forma retroactiva, dando lugar a una persecución penal anacrónica y asimétrica.
La ley escrita y el principio de estricta legalidad consagrado en nuestra Constitución son los pilares del carácter positivo del derecho uruguayo, siendo las únicas fuentes válidas para tipificar delitos y penas, rechazamos por ello la extensión analógica del fallo Gelman y de la jurisprudencia de la CIDH al resto de los casos establecido por la Justicia Uruguaya. Esas condenas constituyen un exceso legal, fundado en la incompetencia de esa Corte, conforme a los límites de la propia Convención Interamericana. Esa misma naturaleza de nuestro ordenamiento, determina la inaplicabilidad de los principios de Núremberg y doctrinas consuetudinarias internacionales por no formar parte de nuestro cuerpo normativo interno al momento de los hechos, vulnerando las garantías universales de irretroactividad penal y juez natural.
Considerando el alto magisterio de Vuestra Santidad, imploramos la posibilidad de su valiosa y activa intermediación, rogamos que eleve sus oraciones por la pronta superación de estas divisiones en el Uruguay, e interponga su alta autoridad moral en favor de una solución humanitaria.
Imploramos su Bendición Apostólica para toda nuestra Nación”.
