Por Pablo Melgar
La reclamación presentada por el colectivo denominado “Vecinos del Casupá” ante la Oficina de Representación de la CAF en Uruguay fue declarada elegible y avanzará a una nueva etapa de evaluación.
La comunicación, fechada el 7 de setiembre, refiere al planteo presentado el pasado 5 de agosto en relación con los presuntos impactos ambientales y sociales asociados al proyecto de construcción de la presa sobre el Arroyo Casupá, en la cuenca del Río Santa Lucía.
La decisión fue adoptada por el Mecanismo de Reclamaciones Ambientales y Sociales (MRAS) de CAF, que concluyó que la presentación cumple con los criterios de elegibilidad establecidos y que no está comprendida dentro de las causales de exclusión previstas por el procedimiento.
A partir de ahora, la Coordinación del MRAS deberá realizar una evaluación detallada del caso dentro de los plazos correspondientes y podrá solicitar nueva información o documentación a los reclamantes.
El documento también establece un antecedente relevante. La actual reclamación mantiene relación con otras dos presentaciones, identificadas como MRAS-022 y MRAS-024, en las que anteriormente se habían planteado preocupaciones vinculadas con impactos ambientales, participación ciudadana, seguridad de presas, gestión de emergencias y riesgo sísmico. Aquellas reclamaciones no habían sido admitidas a trámite porque fueron realizadas antes de la formalización de la operación por parte de la CAF. Según la comunicación, esa circunstancia no constituye una causal de exclusión para el nuevo planteo.
La nueva etapa también deberá determinar aspectos vinculados con la representación de quienes presentan la reclamación. CAF señala que los comparecientes lo hacen bajo la denominación “Vecinos del Casupá” y que existe evidencia de una actuación sostenida del colectivo ciudadano ante distintas instituciones.
El MRAS reconoce la legitimidad de los colectivos ciudadanos para formular reclamaciones aun cuando no tengan personería jurídica. Sin embargo, advierte que todavía está pendiente la documentación referida a la personería, la representación legal formal o las facultades para representar a terceros potencialmente afectados.
El proceso, por tanto, entra ahora en una instancia de análisis más profundo. La Coordinación del MRAS podrá contactar a los reclamantes para coordinar una reunión y profundizar en los aspectos planteados, además de requerir elementos adicionales que permitan sustentar la presentación.
La propia CAF se encargó de precisar el alcance de la decisión. La declaración de elegibilidad no implica un pronunciamiento sobre el fondo de la reclamación ni supone el reconocimiento de responsabilidad por parte de la institución, ya sea frente a los reclamantes o respecto de la operación cuestionada. Se trata, en consecuencia, de la habilitación de una nueva instancia dentro del procedimiento de revisión.
