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    Otro  “Contrato  Colonial”

    Serrano EditorBy Serrano Editor16 julio, 2026No hay comentarios3 Mins Read
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    En los últimos días, han surgido informes que indican que el Poder Ejecutivo se prepara para firmar un “Contrato de Inversión” con la empresa HIF. Este acuerdo facilitaría la instalación de una planta de combustibles sintéticos en Paysandú, cuyo propósito sería la exportación.

    Uruguay destaca su seguridad jurídica como un atractivo para las inversiones; sin embargo, ajusta su marco legal mediante contratos específicos para proyectos de inversión cuya legalidad es, al menos, cuestionable (ver subtítulo: Beneficios Ilegales).

    Desde el MOVUS, subrayamos la inconveniencia de firmar un contrato que, como en casos anteriores, podría comprometer al país durante décadas. En este caso particular, se trata de una empresa y un proyecto muy cuestionado que no cuenta con la aprobación social. El proceso productivo se aleja del concepto de “Hidrógeno Verde” y se centra en la producción de combustibles sintéticos, sin garantizar siquiera que sean “carbono neutral”.

    Nos preocupa especialmente la posibilidad de que se otorguen condiciones especiales a este proyecto para la compra de electricidad, perjudicando a UTE y ocultando la ineficiencia energética del mismo.

    Rechazamos la falta de transparencia en las negociaciones, llevadas a cabo exclusivamente por funcionarios del Poder Ejecutivo. Este poder tiene como único funcionario electo al Presidente de la República y genera compromisos a largo plazo para Uruguay sin intervención del Parlamento ni consulta ciudadana.

    Así resaltamos la inoperancia del Parlamento, de TODO el Parlamento, ya que, en lugar de reclamar conocimiento, participación y control sobre decisiones que impactarán al Uruguay y los uruguayos por años, permite que dichas decisiones queden en manos de un pequeño grupo de funcionarios y burócratas.

    Probablemente, después de la firma, veamos dramáticas interpelaciones similares a las de ocasiones anteriores, en las que se intentará expiar culpas aunque sea evidente que no pueden cambiar nada.

    El momento de actuar es ahora; en particular, el decreto 477-2008 debe ser derogado o anulado por ley.

    Después, solo quedará lamentarse.

    BENEFICIOS ILEGALES

    Lo que está más allá de la ley es, por definición, ilegal.

    La Ley Nº 16.906 (Ley de Promoción y Protección de Inversiones) de 1998 solo autoriza al Poder Ejecutivo a exonerar total o parcialmente ciertos impuestos: IRAE, IVA, IMESI y Patrimonio. El decreto 455-2007 reglamentó parcialmente esta ley, estableciendo plazos y límites diferenciados para esas exoneraciones según el tipo y monto de la inversión.

    En 2008, el Decreto 477 estipuló que para inversiones superiores a siete mil millones de Unidades Indexadas (alrededor de mil cien millones de dólares), la secretaría de la Presidencia puede negociar un “Contrato de Inversión” con posibles “contrapartidas especiales”.

    Dentro de este contexto, en ocasiones pasadas, como los contratos con Montes del Plata el 18 de enero de 2011 o con UPM el 7 de noviembre de 2017, se otorgaron a las empresas permisos para plantaciones, protecciones para la rentabilidad de la inversión, venta asegurada de electricidad a precios superiores al mercado, compromiso en obras onerosas como el tren de UPM y derechos sobre agua y otros recursos naturales; todo ello más allá de lo previsto en la Ley 16.906.

    Movimiento por un Uruguay Sustentable (MOVUS)

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