La Jefatura de Policía de Lavalleja informó sobre un caso en el cual “efectivos del Grupo de Reserva Táctica (GRT) y de la Unidad de Respuesta Policial (URP) detuvieron a un hombre minutos después de haber agredido físicamente a su ex pareja, con la cual tienen una hija de seis meses”.
Este hecho “fue reportado por el Servicio de Emergencia 911 próximo a la hora 00:50 del viernes 10 de julio y derivado de inmediato a las unidades intervinientes, estableciéndose por parte de los policías actuantes que el agresor pasó la noche en la vivienda, habiéndose generado las agresiones físicas, verbales y daños en un vidrio y puerta de ingreso”.
PROTOCOLO
El parte policial remarca que “ambas partes fueron derivadas de acuerdo al protocolo de actuación a la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y Género (CEVDG) donde, bajo lineamientos de la fiscal de 1er turno, se desarrolló la investigación asistiendo a la víctima y su hija mediante el abordaje interinstitucional de la situación, al tiempo que el indagado fue sometido a la Justicia penal”.
CONDENA
En este sentido, el comunicado detalla que “desde el Juzgado de 4º turno se emitió la condena de G.A.R.L., de 31 años, por su responsabilidad penal en un delito de violencia doméstica agravada en concurso formal con un delito de lesiones personales”.
El condenado “cumplirá con 12 meses de prisión bajo libertad a prueba, condicionado a residir donde sea posible la supervisión, sujeción a la orientación y vigilancia permanentes por parte de Dirección Nacional de Medidas Alternativas, además de permanecer bajo arresto domiciliario nocturno en el horario comprendido entre las 22:00 y las 6:00 horas del día siguiente, presentándose una vez por semana en la seccional policial correspondiente a su domicilio durante todo el término de la condena”.
A su vez “prestará servicios comunitarios una vez por semana, durante dos horas, por el plazo de 10 meses, con colocación de dispositivo de monitoreo electrónico por el plazo de duración de las medidas”.
UNO ANTECEDENTES, OTRO INDAGATORIAS
El informe de la Jefatura agrega que “respecto a las partes intervinientes, la víctima posee antecedentes penales por delitos contra la propiedad y contra la persona, mientras que el agresor carece de prontuario, no así de indagatorias”.
